miércoles, 30 de abril de 2008

INFORMATIVO Nº 9 30 de abril 2008

CONMEMORACION 1º DE MAYO
“Por fin la fecha esperada llegó, era el 1º de Mayo de 1886. La orden del día, para todo el movimiento sindical, era precisa: ¡ A partir de hoy, ningún obrero debe trabajar más de ocho horas por día ! ¡ Ocho horas de reposo ! Ocho horas de recreación! Michael Schwab de 33 años, uno de los condenados a trabajos forzados, dijo en su enjuiciamiento: “Habláis de una gigantesca conspiración. Un movimiento social no es una conspiración, y nosotros todo lo hemos hecho a la luz del día. Si nosotros calláramos, hablarían hasta las piedras. Todos los días se cometen asesinatos; los niños son sacrificados inhumanamente, las mujeres perecen a fuerza de trabajar y los hombres mueren lentamente, consumidos por sus rudas faenas, y no he visto jamás que las leyes castiguen estos crímenes.” No agregamos nada más. Rendimos un homenaje a tantos y tantas que han entregado sus vidas por mejorar las condiciones laborales en nuestro país, que sigue sumido en la explotación de sus trabajadores (as). Para demostrar lo que decimos, les adjuntamos un documento realizado por la organización sindical CGT-MOSICAM, que preside el compañero Manuel Ahumada y que, nos recuerda muy bien lo que los trabajadores (as) teníamos y lo que hemos perdido. Este 1º de Mayo debe llamarnos a reflexionar y juntar fuerzas, dejar de lado nuestras diferencias y ambiciones personales y transitar por los caminos de unidad en la acción de clase trabajadora, para una verdadera recuperación del movimiento sindical chileno, dónde tengamos todos, sin excepción, cabida.
COMISION EQUIDAD
Lo dijimos hace un tiempo. De esta comisión “equidad”, nombrada pomposamente por la presidenta, no podía salir nada bueno. La Conferencia Episcopal pidió un salario ético para “un” trabajador (a) de 250.000 (U$ 555). Esta comisión compuesta mayoritariamente por personajes conocidos por no tener idea lo que es vivir con un salario de ésa naturaleza han dicho que recomendarán establecer un salario “familiar” de $ 200.000. ¿ De qué hablan en un país con tanta inequidad ?
FORMACION PARA LA CONSFETRACOSI
El martes 15, se iniciaron los cursos de formación con una asistencia de mas de 40 dirigentes sindicales, de organizaciones afiliadas. El 29 de Abril, realizamos otro con gran éxito.
LA CRUDA REALIDAD DE LOS TRABAJADORES
Todos sabemos que desde el golpe militar hasta ahora, los trabajadores chilenos han visto retrotraerse sus derechos a niveles impresionantes. Lo que resulta preocupante es que casi no se haya escrito en torno a esos derechos perdidos y, mas aún, se intente convencer a los explotados que gracias a la gestión de parlamentarios y gobierno, se comienza a ver la luz al final del túnel.Dicha afirmación no es cierta. Al contrario, es una obligación hacer claridad respecto de que cada una de las reformas hechas al Código del Trabajo, en estos años han sido concordadas entre gobierno y la oposición y no han posibilitado una mejoría sustancial en la condición de los trabajadores.Hasta 1973 existía un conjunto de leyes laborales que dignificaban a los trabajadores, que les permitían mirar con fe el futuro pues el sistema jurídico reconocía derechos que por decenios habían sido demandados. No estaba todo resuelto, pero podían ir los trabajadores con la vista en alto, mucho más dignos que hoy.Entre otras leyes (todas derogadas por la dictadura y no repuestas) podemos mencionar:*El fuero a los candidatos a directores agrícolas era de 2 meses anteriores a la elección*Los delegados sindicales agrícolas los elegían 5 o más trabajadores y tenían fuero*Existía la inamovilidad a los trabajadores agrícolas hasta de 2 meses previos a la constitución de un sindicato*Los trabajadores aprendices podían ser parte de la negociación colectiva.*Los trabajadores de bombas de bencina tenían una indemnización especial por el trabajo que desempeñaban*Los empleadores debían entregar copias de los pagos de remuneraciones y el otorgamiento de los beneficios establecidos en la legislación (sueldos, feriados gratificación), a la Inspección del Trabajo.*Los trabajadores del comercio tenían descanso los días domingos y festivos y trabajaban 44 horas semanales.*Las confederaciones de trabajadores podían celebrar contratos colectivos, lo mismo que las federaciones.*Existían Cortes de Apelaciones del Trabajo, en Santiago, Valparaíso y Concepción*El despido patronal, debía ser sobre causas justificadas.*Los trabajadores tenían derecho a descanso en domingos y festivos, y estos descansos no podían compensarse en dinero ni ser renunciados por parte del trabajador,*Los despidos que afectaban a más de diez trabajadores solo procedían previa autorización de los ministros de Economía y Trabajo.*No se autorizaba el fraccionamiento del feriado*El feriado progresivo no era negociable por las partes.*Los trabajadores de regiones extremas y otros como los mineros, tenían feriados de 25 días hábiles*Si el despido era injustificado y el patrón se negaba a reincorporar, debía pagar mínimo un mes por año de servicio, pudiendo el juez aumentar esa sanción.*La indemnización no tenía tope por años de servicio.*En las panaderías no se podía trabajar entre las 22 y las 05 horas.*La jornada laboral no podía modificarse unilateralmente.*El empleador no podía alterar unilateralmente el sitio o recinto en que deben prestarse los servicios.*El contrato colectivo se aplicaba a todos los socios del Sindicato, incluidos los que ingresaban después de la negociación*Se permitía la negociación entre una asociación de empleadores y una federación o Confederación de trabajadores.*En la negociación colectiva no había exclusiones ni se prohibía negociar colectivamente, sea cual fuere el cargo que el trabajador ocupaba.*Se establecía como causal de terminación del contrato de trabajo la expiración del plazo fijado para su duración, plazo que no podrá ser superior a 6 meses.*En ningún caso los trabajadores podrían recibir un sueldo inferior al mínimo legal, aún cuando no trabajaran jornada completa.*La Dirección del Trabajo podía ordenar la instalación de salas cunas, en aquellos establecimientos que ocuparan menos de 20 trabajadoras.*Existían claras normas en beneficio de los trabajadores a domicilio.,*Una ley establecía un impuesto habitacional de 5% sobre las utilidades. Los empleadores que construían viviendas para sus trabajadores con sus fondos, podrían imputar las sumas invertidas al referido impuesto.Son derechos que tuvimos gracias a una correcta acción sindical, el compromiso real de parlamentarios y por sobre todo por la gran conciencia de clase que desarrollaron los trabajadores. Nada fue regalado y por eso la dureza que la dictadura aplicó a los trabajadores y sus organizaciones.Esta es una de las razones del porque los explotados acogieron con simpatía la propuesta de quienes se mostraban como alternativa a la dictadura. En el Programa de Gobierno de la Concertación de Partidos por la Democracia, presentado al pueblo de Chile el año 1989, se planteo:".. La nueva legislación laboral cautelara el pleno ejercicio de los derechos sindicales a todos los trabajadores, cambiando las actuales disposiciones que coartan la formación de sindicatos y la participación en ellos. Para llevar a efecto estas orientaciones nos proponemos:(Por razones de espacio y sanidad mental, solo enunciare algunas)& Establecimiento de la cotización obligatoria de todos los trabajadores en beneficio de las organizaciones sindicales, en sus diferentes grados o de fondos de educción y extensión sindical.& Reconocer que solo las organizaciones sindicales (sindicatos, federaciones y confederaciones) sean contraparte de los convenios y contratos colectivos.& Reconocimiento a las federaciones y confederaciones del derecho a suscribir convenios y contratos colectivos.& El contrato o convención colectiva tendrá como partes exclusivas a los empleadores y a las organizaciones sindicales.& Todo término de contrato deberá originarse en una causa legal, apoyada en fundamentos de hecho, y en el caso que corresponda pagar indemnización, esta será equivalente a un mes de remuneraciones por cada año de servicio y fracción de seis meses, sin limite.& En aquellos sectores en que los trabajadores, por las características de las actividades en que laboran, no tengan la posibilidad de una negociación colectiva eficaz, las autoridades del trabajo convocarían a representantes de empresarios y trabajadores del respectivo sector a fin de establecer tarifados mínimos aplicables a su ámbito de actividad a través de mecanismos tripartitos.Pasada la euforia de los primeros meses las promesas comenzaron a diluirse y lo que es mas grave, y lo refleja claramente el paso del tiempo, las organizaciones de trabajadores también lo fueron olvidando. La lucha por los derechos básicos fue dando paso al dialogo social y a la mal llamada “política de los acuerdos”.Por eso no es menor recordar que también en esa trinchera se tomaron resoluciones importantes que hoy solo son documentos olvidados.El Congreso Constituyente de la Central Unitaria de Trabajadores – Agosto de 1988 - dice en su Plataforma de Lucha:" Las principales demandas comunes y de justicia que nos unen son: el derecho al trabajo, salarios justos, reajustes de acuerdo a los niveles objetivos del alza del costo de la vida, una negociación colectiva por rama de actividad, la reconquista de tarifados nacionales, el derecho a la huelga, el derecho a la indemnización por años de servicio, una jornada de trabajo efectivamente de ocho horas, condiciones de seguridad social, etc. Como también son: los derechos básicos a la salud, a la educación, a la vivienda, a la cultura, a la plena libertad sindical y en general al pleno ejercicio de los derechos humanos".Reivindica también la CUT en 1988, " El control estatal sobre los servicios básicos para la población (luz, agua, gas, teléfono, parafina)". " La derogación del plan laboral, contemplar en la nueva legislación sanciones eficaces y enérgicas a los abusos de los patrones, restablecer el carácter irrenunciable de los derechos laborales adquiridos, restablecer un piso mínimo de aumento equivalente al 100% del IPC y la mantención total de los beneficios pactados en el convenio anterior."También demanda, " Establecimiento de normas mínimas que permita la estabilidad en el empleo y que este solo se pierda por motivos manifiestamente imputables y comprobables al trabajador, la reincorporación en caso de despido injustificado, cancelación de indemnización por años de servicio sin tope. etc.".Estas y otras justas reivindicaciones, como bono de movilización y colación, fueron el sello con el que nació la CUT, y les fueron presentadas a los partidos políticos, a la Iglesia y a todos los movimientos que luchaban contra la dictadura. Aunque fueron reconocidas y aceptadas, estas demandas no están hoy en la discusión con la autoridad, ni se promueven entre los trabajadores. ¿Cual es la razón que justifica tamaño olvido?No se trata entonces de creer que la crítica a lo que se ha hecho viene de “resentidos a los que nada conforma”, sino de darse cuenta que el rechazo y la aversión es fruto del incumplimiento de compromisos que apuntaban a reponer lo mínimo que ya tuvimos.Son responsables los que desde su sillón parlamentario disfrutan de las granjerías que les da su condición, e ignoran que si están ahí es porque los eligieron miles de individuos que creyeron en sus propuesta de reforma, hasta ahora incumplidas.Son responsables los que salieron de sus puestos de trabajo a cumplir labores sindicales y fueron absorbidos por el oropel del sistema y le tomaron el gustito a las costumbres del “enemigo de clase”.Los unos y los otros son responsables de lo que hasta ahora tenemos. Los primeros por su maridaje asqueroso en la parlamento, por sus acuerdos consensuados con ¡los que posibilitaron el golpe militar que nos quitó decenas de derechos!. Los otros, por vivir reclamando y al final callar cuando les dan caramelos, sin haber conseguido soluciones reales.Fíjense bien los trabajadores y grábenselo muy bien.Luego de casi 20 años de “democracia” y de “promesas” esto es lo que tenemos:*No pueden negociar las federaciones o confederaciones.* La indemnización por años de servicio tiene tope de 330 días y no hay reincorporación ni recargo de la indemnización por despido injustificado.* Se autoriza la contratación de rompehuelgas desde el primer día si el patrón ofrece pagar 4UF por reemplazante, se despide a decenas una vez terminada la huelga, sin que se sancione al empleador .* Siguen vigentes los convenios colectivos como instrumentos de negociación y el sindicato no es el único actor ya que se mantienen las facultades para los grupos de trabajadores.* Existen los contratos de tiempo parcial y la remuneración es proporcional al ingreso mínimo.* Los trabajadores pueden cumplir 2 o mas funciones, sean estas alternativas o complementarias. Hay lugares donde cumplen hasta 8 o mas obligaciones diarias.* El máximo del seguro de cesantía es el 50% del ingreso mínimo y hay aporte del 0,6% de parte del trabajador. Además el empleador descuenta de la indemnización el aporte que hace al Seguro cuando el despido es por necesidades de la empresa.* El Código del Trabajo permite jornadas de 60 horas en 5 días de trabajo a la semana, o sea 12 horas diarias y de 72 horas en 6 días de trabajo.* Un reciente fallo de la Corte Suprema, establece que la condición de trabajador de una empresa no la determina la Inspección del Trabajo sino que los Tribunales.* Cuando el termino de contrato se produce por renuncia voluntaria o mutuo acuerdo de las partes, no hay obligación de tener la previsión al día.* Los empleadores pueden declarar y no pagar la previsión y también el seguro de cesantía.* La normas de sindicalización siguen permitiendo la constitución de mas de un sindicato por empresa.Tal es la realidad y se hace imperioso cambiarla.Este documento no es el trabajo de resentidos a los que nada contenta, sino muy por el contrato buscamos por medio de la información entregar a los trabajadores las razones, el porque de nuestras críticas, hacía quienes decimos “ se han aprovechado de las necesidades populares” y con su accionar han permitido la sustentación de un sistema que en nada favorece a los trabajadores y a sus familias.Nada cambiará si se mantiene la ambigüedad en el actuar, si no se comienza a llamar“ al pan, pan y al vino, vino”. Nada se modificará sustancialmente si se sigue sosteniendo un sindicalismo que basa su accionar en la suma de siglas y acciones mediáticas para indicar que está vivo y desconoce el rol del trabajador organizado.O vamos a los trabajadores para contarles que hace decenas de años otros iguales a ellos, pero con muchos menos medios, fueron capaces de conseguir por medio de sus luchas una legislación que era todo un ejemplo en América Latina, o veremos perderse – irremediablemente - los pocos derechos que nos van quedando.
MANUEL AHUMADA LILLO
Presidente CGT MOSICAM

martes, 15 de abril de 2008

INFORMATIVO Nº 8 15 de abril 2008

CREACION DE LA CSA.

El pasado 27 de Marzo de 2008, se creó en la ciudad de Panamá, la Confederación Sindical de Trabajadores de las Américas, cuya sigla es CSA. Se formó de los acuerdos de unidad entre la ORIT y la CLAT y algunas organizaciones nacionales independientes. La CSA está compuesta por 68 Centrales Nacionales afiliadas de 26 países y representa a más de 50 millones de trabajadores de las Américas, incluido el Caribe. Participaron del Congreso fundador 333 delegados oficialmente acreditados como titulares y 192 delegados suplentes, más una gran cantidad de invitados internacionales provenientes mayoritariamente de Europa. Por la CAT de Chile, fue electa al Consejo Ejecutivo de la organización mas importante de trabajadores de las Américas, la compañera Magdalena Castillo, presidenta de nuestra CONSFETRACOSI, lo que por supuesto nos llena de orgullo y satisfacción. Felicitamos a la compañera Magdalena y le deseamos éxito en su gran responsabilidad.

EN EL GOBIERNO DE UNA SOCIALISTA, SE SIGUEN COMETIENDO ABUSOS COMO EN LOS MEJORES TIEMPOS DEL DICTADOR.
Así es, aunque nos duele. El Sindicato de Empresa SUR ASISTENCIA (prestador de servicios a la Telefónica) despidió sin consideración alguna a 70 trabajadores, 65 sindicalizados y en los días siguientes contrató nuevos trabajadores, una práctica común en Chile, el país “ejemplo” de América Latina, como lo dijo muy campante en Panamá, Enrique Iglesias, ex presidente del Banco Interamericano ¿será? Otro ejemplo: se formó un Sindicato del MALL BORJAS y a los pocos días despidieron a todos y el sindicato desapareció. Y otro: El Sindicato de Empresa TYPACK S.A. (plásticos) intentó formarse y al día siguiente los echaron. Este país es un “ejemplo” pero de prácticas antisindicales, persecuciones y atenta todos los días contra la libertad sindical y de negociación colectiva, entre otras cosas.

HASTA CUANDO……?

Los Fondos de Pensiones siguen en caída libre. El 99% de los trabajadores chilenos con contrato formal están afiliados al sistema. La Asociación de AFP reconoce que en el primer trimestre del año: “las caídas de las bolsas de Asia y Europa donde están invertidos el 65% de los activos de las AFP, fue una de las principales causas que impactaron en la rentabilidad de los Fondos de Pensiones chilenos, como también el retroceso del dólar en un 12,4% nominal, moneda en la cual están denominados un 25% de los fondos”. Y los trabajadores ¿qué?, y con una patudez digna de éstos empresarios de la seguridad social “llama a la calma y que los afiliados vean que sus ahorros corresponden a una inversión a largo plazo”. No hay salud, ni futuro en este país lleno de estos estafadores que tienen en su poder la economía de Chile y de los trabajadores.

LA CONSFETRACOSI SACA ADELANTE OTRA NEGOCIACION COLECTIVA.
Así es, la Confederación estuvo en todo momento apoyando la negociación del Sindicato “Moneda 1040”, afiliado a nuestra organización. Como la mayoría de las negociaciones en nuestro país, esta no fue la excepción en términos económicos. Felicitamos a los compañeros del Sindicato por haber logrado cerrar la negociación sin conflicto laboral. Todos sabemos que en Chile el derecho de huelga … NO EXISTE.

45 EMPRESAS CONDENADAS POR PRACTICAS ANTISINDICALES.
En la página web de la Dirección Nacional del Trabajo, www.dt.gob.cl y por obligaciòn legal semestral, están publicadas 45 sentencias condenatorias de la cual la mas recurrente es el despido ilegal de dirigentes sindicales. Se sacaron el premio mayor algunas reincidentes: COPESA (diarios La Tercera, la Cuarta, Que Pasa, etc.); JOHNSON”S y Montecarlo Administradora S.A. Los invitamos a revisar la página donde claramente se muestra que en nuestro país, se violan muchos más derechos de los que se hablan.
CIERRA CERAMICAS CORDILLERA.
Víctimas del “modelo chileno”, tan aplaudido por algunos millonarios, políticos y “economistas neoliberales” chilenos, más de 600 trabajadores de la empresa Cerámicas Cordillera (grupo Etex-belga), fueron lanzados a la cesantía. Estas son más víctimas del “modelito exportador chileno”. Lamentamos profundamente este hecho.